dissabte, 29 de gener del 2011

Sentencia de la Audiencia Provincial: Adeudados 1- Bancos 0


Mgfrei / Sanlúcar de Barrameda, Madrid
Más información, consultad el link.

Hace unos días, la Audiencia Provincial de Navarra ha resuelto un recurso, dando la razón a un particular respecto a un litigio que tenía con el banco BBVA. El tema es el siguiente: el hipotecado, por múltiples deudas y pérdida de ingresos, se ha visto a liquidar la hipoteca con el embargo de su piso. Pero el caso es que el banco, habiendo tasado el piso por un valor de 76.000 euros, fue incapaz de venderlo en el concurso de acreedores, teniendo que conformarse con un patrimonio inmueble de unos 46.000 euros.

¿Esto qué quiere decir en términos legales? La Ley Hipotecaria determina que si hay alguna pérdida en la liquidación, el cliente tiene que asumirla. A esto se llama "doble garantía hipotecaria". Es decir: te quitan la casa y encima tienes que terminar de pagarla. Un negocio redondo. Antiguamente, esto no resultaba tan problemático, debido a la constante revalorización del suelo y de los bienes inmobiliarios. Con un poco de suerte, el embargo de tu casa liquidaba incluso los intereses. Pero hoy en día, con la desvalorización constante del suelo, ocurren estos dramas.

¿Qué ha pasado aquí? Pues que la resolución del auto de la Audiencia ha determinado esta práctica como "moralmente perturbadora", y ha dado la razón al endeudado al condonarle la hipoteca con la entrega del bien inmuble. Es decir: le liquidan la hipoteca con devolver la casa. Además, la resolución añade lo siguiente: "debido a que los bancos fueron los principales causantes de la crisis, es inmoral considerar que es el propietario el que debe de hacerse cargo de la pérdida del valor del inmueble".

Ojo: esto no crea jurisprudencia, ya que se trata de un recurso presentado al Tribunal de Navarra, no al TS. Es decir, que aún puede ir para atrás con el recurso de casación. Lo que ha permitido esto ha sido avivar el debate sobre si es necesario cambiar la Ley Hipotecaria de España, dado que en el contexto actual, los ciudadanos están tremendamente desprotegidos ante los bancos.

¿Y por qué ha pasado esto en Navarra y no en otras partes de España? Bueno, hay que matizar que Navarra sigue un derecho algo diferente: el llamado Derecho foral, que se aplica en algunas Comunidades Autónomas. En concreto, en la Compilación Navarra está determinado que "la costumbre prevalece sobre la ley, desde que la primera no contravenga la moral ni el orden público".

Habría que mirar la sentencia con mayor detenimiento para ver si es del todo fiel a este precepto.

En fin, que para mi esta noticia ha sido muy alentadora, prueba de que la Justicia no va tan mal como la gente piensa. Tan sólo me gustaría que este tipo de resoluciones tuvieran más eco entre la ciudadanía, en vez de chorradas monumentales como la Ley Sinde.

Fuentes:

http://www.lavanguardia.es/economia/20110126/54106673205/un-juzgado-de-navarra-sentencia-que-la-devolucion-del-piso-cancela-la-hipoteca.html